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miércoles, noviembre 07, 2012

El Código Penal Español castigará difundir grabaciones íntimas sin consentimiento.

El Consejo de Ministros de España ha aprobado el anteproyecto de Ley de reforma del Código Penal, que contempla, por primera vez, penas de prisión de entre seis meses y un año por la difusión de imágenes y grabaciones íntimas sin consentimiento, así como con hasta dos años para determinadas figuras de acoso que hasta ahora no estaban tipificadas. 

"Es un capítulo novedoso (dentro de la reforma del Código Penal) relativo a la protección de la mujer y la lucha por la igualdad de género que consideramos fundamental en estos momentos en el que en España todavía nos queda un trecho por avanzar en esa protección de las mujeres como víctimas de determinados delitos", ha añadido la vicepresidenta del Gobierno.  
"Es muy importante que la definición del tipo no desaparece como consecuencia de que las imágenes se hayan obtenido con el consentimiento de la víctima" ha precisado el ministro de Justicia. Es por divulgarlas sin autorización. La mera divulgación, aunque se hayan obtenido lícitamente, pasa a ser objeto de reproche penal en España". El caso más reciente de difusión de imágenes íntimas fue el de la concejal de Los Yébenes, Olvido Hormigos. Un vídeo suyo en el que aparecía masturbándose fue subido a internet sin su consentimiento y se investiga quién fue el responsable de la filtración.
Igualmente, se impondrán doce meses de multa por la inutilización de dispositivos electrónicos para el control de penas y medidas de seguridad cautelar. En este sentido, el titular de Justicia ha especificado que el objetivo es de nuevo proteger a las mujeres, muy especialmente en las que han sido objeto de violencia doméstica.

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